Verifactu 2027: el calendario definitivo y qué tiene que cumplir tu software de facturación

Si en algún momento anotaste que Verifactu entraba en vigor en 2026, borra esa fecha. El Real Decreto-ley 15/2025 amplió el plazo de adaptación y dejó un calendario nuevo, esta vez con dos escalones muy claros. La buena noticia es que hay margen. La mala es que el margen se gasta solo, y adaptar un sistema de facturación no es algo que se resuelva la última semana.

Te contamos qué fechas manejar, qué exige exactamente la norma a tu software y cómo aprovechar el tiempo que queda.

Las dos fechas que tienes que apuntar

La Agencia Tributaria lo fija así:

Quién Fecha límite para tener el SIF adaptado
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades Antes del 1 de enero de 2027
Resto de obligados tributarios (autónomos y demás contribuyentes de IRPF con actividad económica) Antes del 1 de julio de 2027

Las fechas anteriores, que apuntaban a 2026, quedaron sustituidas por estas. Hasta que llegue tu fecha estás en periodo de pruebas: puedes dejar de remitir registros de prueba en modalidad VERI*FACTU y seguir facturando con otros sistemas mientras completas la adaptación.

Traducido a la práctica: una sociedad tiene por delante lo que queda de 2026, y ese plazo incluye vacaciones, cierre de ejercicio y la campaña de Renta. El tiempo real de trabajo es bastante menor que el que marca el calendario.

Qué es un SIF y qué se le exige

Un SIF es el sistema informático de facturación, es decir, el programa con el que emites tus facturas. El Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 le impone una serie de requisitos pensados para que ningún registro de facturación pueda modificarse ni desaparecer sin dejar rastro:

  • Integridad e inalterabilidad. Cada registro de facturación se encadena con el anterior mediante una huella o hash, de forma que alterar uno rompe la cadena.
  • Conservación, accesibilidad y legibilidad. Los registros tienen que poder conservarse y consultarse, no basta con que existan dentro del programa.
  • Trazabilidad. El sistema mantiene un registro de eventos con las mismas garantías de seguridad.
  • Formato estandarizado. Los registros se generan con una estructura común y deben poder exportarse y remitirse.
  • Código QR en todas las facturas, completas y simplificadas.

Ninguno de estos puntos es opcional, y ninguno es algo que puedas añadir por tu cuenta a una hoja de cálculo o a una plantilla de Word.

Las dos modalidades: VERI*FACTU y no VERI*FACTU

La norma admite dos formas de cumplir:

  • VERI*FACTU. El sistema remite los registros de facturación a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. El QR de la factura permite validar su contenido fiscal.
  • No VERI*FACTU. Los registros se conservan en el propio sistema emisor, que debe estar preparado para ponerlos a disposición de la Administración cuando se le requiera.

La primera opción traslada buena parte de la carga al sistema y a la propia Agencia. La segunda deja la responsabilidad de custodia y disponibilidad en tu lado, con requisitos técnicos más exigentes de firma y conservación.

Conviene decidir cuál de las dos vas a usar antes de elegir o actualizar el software, porque no todas las herramientas del mercado cubren las dos. En a3SIDES partimos con ventaja en este punto: todas nuestras soluciones de facturación están preparadas para las dos modalidades, así que la decisión que tomes no te condiciona la herramienta.

Por qué esto va de tu ERP, no solo de tu programa de facturas

Aquí está el punto que muchas empresas descubren tarde. Verifactu no afecta a un módulo aislado: afecta al lugar donde nacen las facturas. Y en una pyme, las facturas casi nunca nacen en un sitio único. Nacen en el albarán del almacén, en el pedido del comercial, en la hoja de horas del técnico.

Cuando esa cadena está partida entre varios programas y varios Excel, adaptarse a Verifactu obliga a parchear cada tramo. Cuando la gestión y la contabilidad viven en el mismo sistema, la adaptación ocurre en un solo sitio y arrastra al resto.

  • Un único origen del dato. El pedido, el albarán y la factura son el mismo hilo, no tres documentos que alguien cuadra a mano.
  • Trazabilidad de serie. Poder reconstruir qué pasó con una factura y cuándo deja de ser un ejercicio arqueológico.
  • Actualización normativa centralizada. Cuando cambia la norma, se actualiza el sistema, no seis herramientas distintas.

Qué hacer con el tiempo que queda

  1. Haz una lista de todos los sitios desde los que emites facturas. El programa principal, el TPV, las hojas de cálculo, las plantillas sueltas de Word. Todo lo que genera una factura tiene que cumplir la norma, aunque se use una vez al mes.
  2. Pregunta a tu proveedor de software por su hoja de ruta de adaptación y por la modalidad que soportará.
  3. Decide modalidad (VERI*FACTU o no) antes de comprometerte con una herramienta.
  4. Deja fuera lo que sobre. Si hay tres vías de facturación y dos son heredadas, este es el momento de cerrarlas.

Cómo te ayudamos desde a3SIDES

Como partner Premium de Wolters Kluwer, trabajamos con las soluciones a3 que ya contemplan los requisitos del reglamento:

  • a3factura, para quien necesita facturar de forma sencilla y cumplir sin montarse una infraestructura.
  • a3ERP, cuando la facturación es la punta de una cadena que incluye almacén, compras y contabilidad.
  • a3innuva, para trabajar en la nube con la contabilidad y la gestión siempre conectadas.

Lo importante no es qué producto eliges, sino llegar a tu fecha con una sola vía de facturación, controlada y actualizada.

Asegúrate de llegar a tu fecha cumpliendo con la normativa. Contacta con nosotros y te asesoramos sin compromiso.

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