Impuesto de Sociedades: Qué cambia este año 2026

El Impuesto de Sociedades vive en 2026 uno de los años con más movimiento de la última década. La rebaja progresiva de tipos para micropymes y pymes aprobada por la Ley 7/2024 da un paso más, la reserva de capitalización se consolida como una de las vías de ahorro fiscal más potentes y el calendario trae una fecha de presentación atípica. Si gestionas una asesoría o llevas la fiscalidad de una empresa, esto es lo que necesitas tener controlado.

Nuevos tipos de gravamen: la rebaja avanza un escalón más

La Ley 7/2024 modificó el artículo 29 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades e introdujo una senda de reducción gradual de tipos (disposición transitoria 44ª) que arrancó en 2025 y se extiende hasta el final de la década. En los períodos impositivos iniciados en 2026 se aplica el segundo escalón.

Micropymes: 19% y 21%

Las entidades con un importe neto de la cifra de negocios (INCN) inferior a 1 millón de euros tributan en 2026 con una escala en dos tramos:

  • 19% sobre los primeros 50.000 euros de base imponible (en 2025 era el 21%).
  • 21% sobre el resto de la base imponible (en 2025 era el 22%).

La senda continúa: en 2027 los tramos bajarán al 17% y al 20%, que serán los tipos definitivos.

Empresas de reducida dimensión: 23%

Las entidades de reducida dimensión (INCN entre 1 y 10 millones de euros) pasan del 24% de 2025 a un tipo fijo del 23% en 2026. Su calendario sigue así: 22% en 2027, 21% en 2028 y 20% a partir de 2029.

El tipo general se mantiene en el 25%, y las entidades de nueva creación conservan su 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente.

Ejercicio Micropymes (hasta 50.000 € / resto) Reducida dimensión
2025 21% / 22% 24%
2026 19% / 21% 23%
2027 17% / 20% 22%
2028 17% / 20% 21%
2029 en adelante 17% / 20% 20%

Reserva de capitalización: hasta un 30% si aumentas plantilla

La reserva de capitalización reforzada por la Ley 7/2024 sigue plenamente vigente y merece un repaso antes de cerrar cada ejercicio. La reducción general en base imponible es del 20% del incremento de los fondos propios, pero puede escalar si la plantilla media crece respecto al período anterior:

  • 23% si el incremento de plantilla es de al menos un 2% (sin superar el 5%).
  • 26,5% si está entre el 5% y el 10%.
  • 30% si supera el 10%.

Dos condiciones a vigilar: el incremento de plantilla debe mantenerse durante 3 años desde el cierre del período impositivo, y la reducción tiene un límite del 20% de la base imponible positiva previa (que sube al 25% para entidades con INCN inferior a 1 millón de euros).

Tributación mínima: adaptada a los nuevos tipos

La tributación mínima del 15% sobre la base imponible sigue aplicándose a los contribuyentes con INCN igual o superior a 20 millones de euros y a los grupos en consolidación fiscal. Para micropymes y entidades de reducida dimensión que estén dentro de su ámbito, el porcentaje mínimo se adapta a la rebaja de tipos: se calcula multiplicando el tipo que les corresponda por 15/25, redondeado por exceso.

Libertad de amortización: prorrogada también para 2026

El Real Decreto-ley 7/2026 ha prorrogado a los períodos que se inicien o concluyan en 2026 la libertad de amortización para inversiones en instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica de fuentes renovables e instalaciones para uso térmico de consumo propio que sustituyan a las de origen fósil, además de vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV afectos a la actividad y nuevas infraestructuras de recarga.

El importe máximo de inversión que puede acogerse es de 500.000 euros, condicionado al mantenimiento de la plantilla media total durante los 24 meses siguientes.

Plazos del modelo 200: este año, hasta el 27 de julio

La regla no cambia: el modelo 200 se presenta en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio. Pero en 2026 hay matiz: para las entidades cuyo ejercicio coincide con el año natural, el 25 de julio cae en sábado, así que el plazo se extiende hasta el lunes 27 de julio de 2026. Si domicilias el pago, la fecha límite es el 22 de julio.

Cómo aplicar todos estos cambios sin errores

Entre escalas transitorias que cambian cada año, porcentajes de reserva vinculados a plantilla y tipos mínimos adaptados, el margen para el error manual se dispara. Aquí es donde el software marca la diferencia:

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