Verifactu se aplaza a octubre de 2028: qué ha anunciado Hacienda y qué cambia para tu empresa

Dos caminos que se unen en uno solo hacia un calendario, con una factura con código QR

El 5 de octubre el Ministerio de Hacienda publicó una nota en la que anuncia que aplazará hasta octubre de 2028 las obligaciones de Verifactu que quedaban por aplicar. Hasta ahora las sociedades tenían que adaptar su sistema de facturación antes del 1 de enero de 2027. El resto de empresas y autónomos tenía hasta el 1 de julio de 2027. Con el anuncio, las dos fechas pasan a una sola.

Qué ha anunciado Hacienda

El motivo es hacer coincidir Verifactu con la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. Hacienda quiere que las pymes y los autónomos que facturan menos de 8 millones de euros al año se adapten a las dos obligaciones a la vez y no en dos momentos distintos.

La nota adelanta también una segunda modificación para después, que acercará el ámbito de aplicación y algunos aspectos técnicos de las dos normas teniendo en cuenta lo que pedirá ViDA, el paquete europeo del IVA en la era digital. Lo que no cambia es el fondo. Los requisitos de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.

Por qué octubre de 2028

El mismo 5 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Entró en vigor al día siguiente. Con ella empiezan a contar los plazos de la factura electrónica obligatoria:

  • Empresas y profesionales con un volumen de operaciones de más de 8 millones de euros en el año anterior: doce meses, o sea octubre de 2027.
  • El resto: veinticuatro meses, octubre de 2028.

Verifactu se mueve a esa segunda fecha, que es la que afecta a la gran mayoría de pymes y autónomos.

Lo que todavía falta

Hacienda lo ha anunciado, pero todavía no está aprobado. La propia nota de Hacienda lo presenta como una previsión, y el aplazamiento necesita una norma que modifique el Real Decreto 1007/2023. Hasta que esa norma se publique en el BOE, las fechas vigentes siguen siendo las de 2027. Son las que todavía figuran en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Cuando salga sabremos el día exacto.

Qué hacer ahora

Con más margen, el trabajo sigue siendo el mismo. Hacienda mantiene los requisitos de fondo. Además, buena parte de lo que había que preparar para Verifactu sirve también para la factura electrónica: saber por cuántos sitios factura la empresa, tener limpios los datos de clientes y las series, y elegir una herramienta que cumpla.

  • No pares lo que ya tienes en marcha. Si tu sistema ya está adaptado o en pruebas, ese trabajo te sirve.
  • Plantea Verifactu y la factura electrónica como un solo proyecto. Para las pymes llegan a la vez. Lo lógico es elegir una herramienta que cubra las dos.
  • Aprovecha el margen para hacerlo con calma. Los pasos que contamos en cómo migrar tu facturación siguen valiendo, con el inventario de vías de facturación, los datos maestros, las series, la fecha de corte, las pruebas y la formación. Solo cambia el calendario.
  • Si facturas más de 8 millones de euros al año, tu fecha para la factura electrónica es octubre de 2027, un año antes que el resto.

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